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Un Informe Especial de COVERCO:
El Código de Conducta de Liz Claiborne Inc
y la Sindicalización de Dos Fábricas Proveedoras en Guatemala
Qué es COVERCO?
tenido éxito en trabajar al lado de todos diseminando información actualizada.
grupo de profesionales activo en lasociedad civil guatemalteca con COVERCO y LCI
religión. Esta diversidad de conocimiento administración de la fábrica tanto como cumplimiento con su Código deConducta.
Si bien es cierto que COVERCO hacrecido gracias a la demanda corporativa recaudada, así como el derecho acompartir los hallazgos con otras partes estricta confidencialidad la información estas fábricas. A la fecha, ninguna de las COVERCO monitorear el cumplimientode sus códigos de conducta.
COVERCO ha decidido no trabajar comoconsultor para el sector privado, ni como Las fábricas
A principios de julio, 2001, se registraron federaciones sindicales de Guatemala.
Los representantes sindicales afirman trabajadores y 12 líneas de producción.
CIMA Textiles tenía 417 trabajadores y 7 tienen ahora afiliado cerca del 10% de la ha sido posible confirmarindependientemente estas afirmaciones.
Sindicatos en Guatemala
Cerca de 30 trabajadores en las fábricas afiliados para obtener su reconocimientolegal. Es más, debe representar por lo En este momento, no existe ningún otrosindicato activo en la industria delvestuario en Guatemala.
Cronología de los Hechos Recientes
Julio 9, 2001 – Dos grupos de trabajadores de CIMA Textiles y Choi Shin presentan su
solicitud para reconocimiento de personería judíridica, aprobación de estatutos e
inscripción ante la Inspección General de Trabajo de Guatemala. Los trabajadores
comparten esta información con los directores de personal de ambas fábricas.
Los miembros de los nuevos sindicatos también se presentan ante la Sala Quinta deTrabajo, solicitando la “inamovilidad laboral” en ambas fábricas. Este estatus entra envigencia el mismo día. Como resultado, todos los despidos y renuncias deben ahora seraprobados por la corte. La gerencia está en libertad de apelar la decisión de la corte, perotodavía no lo ha hecho.
El mismo día, los abogados de Tulischth Díaz & Asociados, asesores legales de VESTEX,la asociación de productores de textiles y vestuario en Guatemala, visitan a lostrabajadores en las fábricas, línea por línea. Los abogados ofrecen a los trabajadores laoportunidad de unirse a una asociación solidarista apoyada por la administración, la cualles proporcionaría una variedad de beneficios económicos, sociales y culturales.
Julio 10 – Los gerentes empiezan a movilizar a los supervisores en un esfuerzo por
desmotivar la afiliación al sindicato entre los trabajadores. Los gerentes sugieren que la
afiliación al sindicato conduciría al cierre de las fábricas. Los gerentes también sugieren
que la presencia de un sindicato dañaría financieramente a los trabajadores. Ellos se
refieren al derecho del sindicato a cobrar cuotas de sus miembros. (Estos sindicatos han
fijado cuotas mensuales del 1% del sueldo base, excluyendo bonos, tiempo extraordinario
y otros beneficios económicos, pero todavía no han empezado a cobrarlas.)
A partir de este día, los gerentes se involucran en otras actividades para desmotivar elcrecimiento del sindicato, incluyendo: exhortar a trabajadores en lo individual a firmar un documento en el cual declaransu oposición al sindicato; ofrecer asesoría legal a los trabajadores interesados en desafiliarse al sindicato; motivar a los trabajadores opuestos al sindicato a identificar y presionar a lostrabajadores sindicalistas a renunciar.
Julio 11 y 12 – A COVERCO se le prohibe el acceso a las fábricas hasta nueva orden.
Esta orden es atribuida al gerente de la fábrica. La administración de la fábrica está
convencida que COVERCO participó en la organización del sindicato.
Julio 18 – Trabajadores y supervisores opuestos al sindicato forman grupos agresivos
que se aproximan a los trabajadores sindicalizados, exigiéndoles que renuncien de la
fábrica y del sindicato. Algunos trabajadores temen que sus trabajos están en riesgo por
la presencia de los sindicatos en las fábricas. Estallan manifestaciones violentas
encabezadas por el grupo anti-sindical. Un grupo de sindicalistas logra salir de la fábrica,
según ellos con el apoyo de la policía nacional, y otro se refugia en las oficinas
administrativas de CIMA Textiles. El monitor interno de LCI en Guatemala contacta a
COVERCO solicitando su inmediata y urgente presencia para monitorear esta situación
inestable. COVERCO responde inmediatamente y se le permite su ingreso a la fábrica.
COVERCO realiza una reunión breve con la gerencia, averiguando la situación. Nos
llama la atención que la gerencia no se hace responsable de la seguridad en el lugar del
trabajo, ni se siente en capacidad de controlar las acciones del grupo antisindical. Siete
trabajadores miembros del sindicato son obligados a renunciar. Dos representantes de
MINUGUA entran para observar la situación. Representantes de otros sindicatos montan
una manifestación afuera de la entrada de la fábrica.
Julio 19 – De nuevo, hay manifestaciones violentas en la fábrica, con los trabajadores
sindicalizados como blanco. Varios trabajadores sindicalizados y un monitor de
COVERCO son vapuleados. No hay daños personales de consideración. Un grupo de
trabajadores, conducidos por elementos de seguridad de la fábrica, se refugia en la
habitación adyacente a la entrada. Cerca de 50 trabajadores antisindicales participan en
los disturbios. Otros 150 trabajadores observan mientras el resto de la fuerza laboral se
queda en las fábricas. COVERCO se reúne con el presidente de la fábrica y le presenta
un resumen de las secciones pertinentes del Código de Trabajo de Guatemala, haciendo
notar que estas son las leyes que va a estar monitoreando, así como el Código de
Conducta de LCI. COVERCO le asegura a la administración que no jugó ningún papel en
la organización del sindicato. La policía guatemalteca toma posiciones afuera de la puerta
de entrada de la fábrica. Los gerentes medios de la fábrica, insisten, de nuevo, que son
incapaces de controlar a los trabajadores anti-sindicales. Representantes de otros
sindicatos siguen manifestando afuera de la entrada de la fábrica
Julio 20 – 25 – Cerca de 20 miembros del sindicato eligen no entrar a la fábrica, temiendo
por su seguridad personal.
Julio 24 – Quedaron inscritos los sindicatos ante el Ministerio de Trabajo; el 1 de agosto
aparece el reconocimiento legal de su certificación en El Diario de Centroamérica,
periódico oficial de Guatemala.
Julio 25 – LCI distribuye una carta, en español, a los trabajadores de ambas fábricas,
manifestando que esta empresa continuaría contratando los servicios de la fábrica si:
ellos respetan el derecho de todos los trabajadores para unirse o no al sindicato,de acuerdo a la preferencia personal de cada uno, la situación actual es resuelta pacíficamente la fábrica continúa produciendo productos de calidad en una forma competitiva yconfiable.
El Ministro de Trabajo convoca a una reunión con los sindicatos y la gerencia. Las partesacuerdan: garantizar la seguridad de los miembros del sindicato y asegurarles el acceso a lasfábricas; reinstalar inmediatamente a los trabajadores que fueron obligados a renunciar (elacuerdo aclara el estatus de empleo: los trabajadores deben ser tratados como sino hubiese habido ninguna interrupción del trabajo, en términos de salario ypuesto); permitir a MINUGUA el ingreso a la fábrica para verificar el cumplimiento de esteacuerdo; comunicar a la fuerza laboral que la formación del sindicato no conducirá al cierrede las fábricas; que la administración aplique medidas disciplinarias para aquellos que perpetraronlos actos violentos en contra de los miembros del sindicato o que incitaronagresión.
Julio 26 – Se retiran las mantas antisindicales. De este día en adelante, 30 a 40
trabajadores sostienen manifestaciones antisindicales pacíficas ocasionalmente en
terrenos de la fábrica a la hora del almuerzo.
La alta gerencia indica a COVERCO que la fábrica no puede garantizar que no cerrará,puesto que su viabilidad depende de pedidos de compañías extranjeras. Un número detrabajadores le cuenta a COVERCO que ellos han escuchado una versión similar de losgerentes medios y supervisores de línea. Esto genera una confusión renovada en lafuerza laboral. De nuevo los trabajadores tienen miedo que la presencia del sindicatollevará al cierre de la fábrica.
Agosto 9 – Los gerentes de Choi Shin y CIMA Textiles extienden cartas de advertencia a
7 de las personas sospechosas de participar en los actos de agresión e intimidación
contra miembros del sindicato.
La gerencia y el sindicato se reúnen por segunda vez ante el Ministro de Trabajo. Lareunión produjo lo siguiente: la compañía acuerda avisar a la fuerza laboral que la actual escasez de trabajoextraordinario se debe a un período bajo en el ciclo normal de producción. Laproducción debería subir en octubre, la administración designa a los directores de personal de las dos fábricas comosus representantes para manejar las quejas presentadas por los sindicatos. En suausencia, el gerente de la fábrica jugará este papel, la administración declara que aquellos responsables de “insultos y golpes” contramiembros del sindicato han sido “sancionados” y que tales amonestaciónes seencuentran en el archivo personal de cada trabajador (ver Hallazgos).
Hallazgos:
1. General
-
La administración de LCI intervino con prontitud y decisivamente para insistir quela gerencia de CIMA Textiles y Choi Shin cumpla su responsabilidad de garantizarla seguridad en el lugar de trabajo. LCI también solicitó la pronta reinstalación delos trabajadores sindicalizados que fueron forzados a renunciar.
Durante el período de crisis, LCI utilizó a su monitor interno en Guatemala paraasegurar el contacto frecuente con la administración de CIMA Textiles y Choi Shin.
El monitor interno también intervino personalmente para asegurar la protección delos trabajadores sindicalizados cuya integridad física estaba en riesgo.
La administración de LCI ayudó a calmar la situación con una carta a lostrabajadores expresando la intención de la compañía a respetar el derecho de lostrabajadores a la libre asociación.
El Ministro de Trabajo de Guatemala no se hizo presente en las fábricas en losdías de mayor inquietud (julio 18 y 19), a pesar de habérsele solicitado por partede ambos sindicatos y de los gerentes. Finalmente, un inspector de trabajo sereunió con la gerencia el viernes 20 de julio, pero no se invitó a los representantessindicales para estar presentes. De acuerdo a la gerencia local, no existe ningúnregistro formal de esta reunión.
Las cartas que los gerentes de Choi Shin y CIMA Textiles escribieron a sietetrabajadores sospechosos de actos de agresión e intimidación contra losmiembros del sindicato son de dudosa validéz. No parecen constituiramonestaciones legales. En base a la experiencia de COVERCO, normalmente, eldirector de personal, un gerente medio no-guatemalteco y el trabajador citadofirman tales cartas. En este caso, solamente firmó el director de personal. Ensegundo lugar, las cartas no mencionan ninguna violación a las normas de lafábrica. En tercer lugar, los documentos son descritos como “primeras cartas deatención verbal y escrita”, no como “carta de amonestación”. En cuarto lugar, lacarta no hace mención específica de agresión contra los miembros del sindicato.
En una visita futura a las fábricas COVERCO confirmará si las cartas han sidoagregadas a los archivos respectivos de los trabajadores.
Los miembros del sindicato y representantes de la gerencia han empezado aestablecer un procedimiento formal para resolver disputas. Ellos sostuvieron reuniones el 25 de julio y el 9 de agosto, bajo los auspicios del Ministro de Trabajo.
Estas produjeron acuerdos de puntos sobresalientes.
2. Secciones Específicas del Código de Conducta de LCI
Acoso o AbusoCada trabajador será tratado con respeto y dignidad. Ningún
trabajador será sometido a ningún tipo de acoso o abuso físico, sexual, psicológico o
verbal.

COVERCO observó que los trabajadores antisindicales y algunos miembros de laadministración sometieron a abuso físico y verbal, así como a acoso psicológico aaquéllos que se habían identificado públicamente como miembros del sindicato.
COVERCO escuchó de la gerencia que algunos trabajadores se sentíanintimidados y acosados por los miembros del sindicato. Esto ha sido investigadopor medio de entrevistas a los trabajadores, pero todavía no ha sido sustentado.
Salud y SeguridadLos empleadores proporcionarán un ambiente de trabajo seguro y
sano para prevenir accidentes o lesiones que se originen de, estén relacionados con o
que ocurran durante el desarrollo del trabajo o como resultado de las operaciones en las
instalaciones del empleador.

Gerentes altos y medios expresaron en repetidas ocasiones su incapacidad paragarantizar seguridad en el lugar de trabajo. Ellos fueron lentos para contactar a lapolicía local y optaron por no contratar agentes de seguridad uniformadaadicionales para estabilizar la situación en las fábricas.
Libertad de Asociación y Negociación ColectivaLos empleadores reconocerán y
respetarán el derecho de los trabajadores a la libertad de asociación y negociación
colectiva.

Durante los disturbios del 18 y 19 de julio, un grupo de trabajadores antisindicales,con el apoyo aparente de la administración, obligó a renunciar a sietetrabajadores. Estas renuncias violaron la orden de la corte emitida el 6 de julio, enla cual se declaraba la “inamovilidad laboral” en las fábricas.
Todos los trabajadores están ahora de vuelta en el trabajo, pero hubo una disputasobre el pago del paquete de indemnización -que fluctuaba entre los Q2,500 y losQ3,500- entre los trabajadores y la administración. Este paquete incluyó el pago desalarios e incentivos, el bono 14 y un bono de indemnización especial por Q1,000.
En la primera semana de agosto, el gerente de la fábrica notificó a estostrabajadores que la cantidad completa pagada como indemnización les seríadescontado de sus salarios en los próximos dos o tres meses. Él justificó estáacción citando el Artículo 99 del Código de Trabajo. Unicamente después de cincoperíodos de pago estaría la fábrica emitiendo nuevos cheques por el pago perdidoy el bono catorce. Esta medida deja, efectivamente, sin pago durante este tiempoa los siete trabajadores.
En la reunión gerencia-sindicato, realizada el 9 de agosto, las partes acordaronamortizar esta deuda a razón de Q80 por período de pago (aprox. USD10.00).
Cuatro de los trabajadores que habían sido forzados a renunciar se habíanidentificado antes como miembros del sindicato. Cuando regresaron a trabajar, sutarea laboral o línea de producción fue cambiada unilateralmente. Esto es unaviolación del Código de Trabajo de Guatemala (Artículo 20) y del acuerdo suscritoel 25 de julio entre la gerencia y el sindicato. LCI intervino a favor de lostrabajadores y para el 10 de agosto, tres de ellos regresaron a sus puestos detrabajo originales. En la reunión del 9 de agosto, la administración prometió revisarel caso del cuarto trabajador.
Las manifestaciones pacíficas contra el sindicato que iniciaron el 26 de julio sonpermitidas de acuerdo a la ley guatemalteca. Sin embargo, la opinión legal y lajurisprudencia en Guatemala está dividida sobre el asunto de la producción y delas mantas y rótulos antisindicales utilizados en tales manifestaciones, debido a lassiguientes razones: 1. Los trabajadores prepararon las mantas y los rótulos durante horas de trabajo.
2. La gerencia proporcionó los materiales para su producción.
3. La gerencia abiertamente animó la producción de tales materiales Salarios y BeneficiosLos empleadores reconocen que los salarios son esenciales
para cubrir las necesidades básicas de los trabajadores. Los empleadores pagarán a los
trabajadores, como piso, el salario mínimo requerido por la ley local o el salario de la
industria en vigencia, cualquiera que sea el más alto, y proporcionará los beneficios
legalmente requeridos.

Más de 20 sindicalistas estuvieron ausentes del trabajo a causa de los disturbios.
El sábado 21 de julio los gerentes dijeron a algunos de estos trabajadores que noentraran a la fábrica porque su seguridad estaba todavía en riesgo. La gerenciaprometió que ese día le sería pagado a los trabajadores.
El 23 y 24 de julio COVERCO observó que estos trabajadores llegaron a tiempopara empezar el día de trabajo, pero después decidieron no entrar a las fábricasporque la gerencia no había aumentado la seguridad.
La revisión de la planilla de pago del período 20 de julio a 2 de agosto, efectuadapor COVERCO, demuestra que la gerencia descontó cinco días de pago (seis díaspara los siete trabajadores que fueron obligados a renunciar), así como dos bonosdel día séptimo en los cheques de pago de estos trabajadores. La reunión del 9 deagosto entre la gerencia y el sindicato tocó este punto. La gerencia prometió pagarestos salarios pendientes en el próximo período de pago. COVERCO monitorearáel cumplimiento a este acuerdo.
e-mail: coverco@terra.com.gt teléfono: (+502) 232 0195 fax: (+502) 253 5025

Source: http://www.coverco.org.gt/PDF/elcodigo_%20deconducta.pdf

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