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Condiciones generales de entrega y pago de las traductoras e intérpretes de la fundación
Stichting Vertalersforum
Artículo 1 - Aplicabilidad
1.1 Estas condiciones se aplicarán sobre todas las ofertas, presupuestos y contratos entre las
traductoras e intérpretes ("la parte contratada") afiliadas a la fundación Stichting Vertalersforum
y sus clientes.
1.2 Solo será permisible apartarse del contenido de estas condiciones si así se hubiera pactado,
expresamente y por escrito, entre las partes respeto a la oferta o contrato en cuestión.
1.3 Todos los precios que la parte contratada comunicase a través de sus mailings, catálogos o de
la forma que fuera son precios IVA excluido y no obligarán a la parte contratante a menos que se
hubiera establecido, expresamente y por escrito, lo contrario.
1.4 La nulidad o anulación parcial de cualquier cláusula de estas condiciones no afectará a la
validez del resto de las cláusulas.
Artículo 2 - Presupuesto
2.1 Los presupuestos presentados por la parte contratada son sin compromiso, a menos que se
hubiera establecido, expresamente y por escrito, su naturaleza vinculante; dichos presupuestos
tendrán una validez de dos semanas a contar desde la fecha de los mismos a menos que se
hubiera acordado, expresamente y por escrito, lo contrario.
2.2 Un contrato entre la parte contratante y la parte contratada nacerá en el momento en el que la
parte contratada hubiera confirmado a la parte contratante la aceptación del encargo o en el
momento en el que la parte contratada hubiera comenzado la ejecución del encargo de manera tal
que este hecho fuera del conocimiento de la parte contratante.
Artículo 3 - Ejecución del encargo
3.1 La parte contratada observará durante la ejecución del encargo la diligencia debida. La parte
contratada tendrá en cuenta las indicaciones de la parte contratante en la ejecución del encargo en
la medida en que la parte contratada considerase que dichas indicaciones son conformes al deber
de cuidado descrito.
El requerimiento de la parte contratada por un incumplimiento (imputable) de sus obligaciones
frente a la parte contratante, solo surtirá efectos si dicho requerimiento se hubiera notificado por
escrito certificado a la parte contratada.
3.2 A menos que se hubiera acordado lo contrario, expresamente y por escrito, la parte contratada
tendrá en todo momento el derecho de subcontratar a terceros en la ejecución del encargo.
3.3 La parte contratante suministrará la información necesaria, a la primera petición de la parte
contratada, sobre los textos por traducir.
Artículo 4 - Honorarios y gastos
La parte contratante adeudará a la parte contratada en concepto de ejecución del encargo, los
honorarios acordados. Si no se hubiera acordado un precio antes de la ejecución del contrato, la
parte contratante adeudará a la parte contratada una remuneración razonable basada en los precios
que la parte contratada impusiese habitualmente en trabajos similares. En este sentido, sobre los
trabajos de traducción se aplicará un precio por palabra y para el resto, un precio por hora. Todos
los precios entre la parte contratada y la parte contratante son IVA excluido, a menos que se
hubiera indicado expresamente lo contrario. Además de estos honorarios, la parte contratada
también tendrá derecho a cobrar a la parte contratante los gastos en los que hubiera incurrido,
razonablemente, en la ejecución del encargo.

Artículo 5 - Plazo de entrega
Los plazos de entrega nombrados, en su caso, en las ofertas, confirmaciones de encargo y
contratos son plazos estimados, según el buen entender de la parte contratada, a los que esta se
atendrá en lo posible, sin embargo, no tendrán carácter vinculante. La infracción de estos plazos,
independientemente de su causa, no dará a la parte contratante el derecho a recibir indemnización
por daños y perjuicios alguna, ni a rescindir el contrato, ni a suspender el cumplimiento de
ninguna obligación que naciera para la parte contratante del contrato correspondiente o de
cualquier otro contrato relacionado con este, a menos que la infracción superara tres veces el
plazo estimado con un mínimo de diez días laborales y siempre que la infracción del plazo no
fuera imputable, parcial o totalmente a la parte contratante. El momento de la entrega será aquel
en el que el texto traducido constase como enviado por correo, por fax o por correo electrónico.
Artículo 6 - Reclamaciones
Las posibles reclamaciones deberán hacerse por escrito dentro de los ocho días laborales
siguientes al momento en el que la parte contratante hubiera tenido conocimiento del trabajo
ejecutado. La presentación de una reclamación no dará derecho a la parte contratante a suspender
sus obligaciones de pago frente a la parte contratada.
Artículo 7 - Pago
7.1 A menos que se hubiera acordado lo contrario por escrito, el pago de las cantidades
facturadas tendrá lugar en las oficinas de la parte contratada o por transferencia al número de
cuenta bancaria que esta indicase dentro de los treinta días naturales a contar a partir de la fecha
de la factura, sin que exista derecho a compensación alguna, independientemente de su causa.
Los derechos de autor sobre las traducciones entregadas descansarán en la parte contratada hasta
que hubiera tenido lugar el pago completo de aquello que la parte contratante adeudara a la parte
contratada, por el concepto que fuera, incluido expresamente el pago de los intereses y de los
gastos por cobro de deudas. La facultad de la parte contratante de presentar reclamaciones sobre
la factura caduca a los treinta días siguientes de la fecha de la factura.
7.2 Si la parte contratante no pagara dentro del plazo acordado, incurrirá en incumplimiento de
pleno derecho, y la parte contratada podrá, sin necesidad de constituir la mora, imponer sobre la
totalidad de la cantidad adeudada, el interés legal del dinero aumentado en un 3% a contar desde
el primer día de vencimiento de la factura. Además todos los gastos extrajudiciales (honorarios
del agente judicial, del procurador y de la asistencia legal, expresamente, incluidos), así como los
gastos judiciales, correrán por cuenta de la parte contratante Sin perjuicio del derecho a percibir
una indemnización por los demás daños sufridos por la parte contratada, las cantidades
extrajudiciales en concepto de gastos de cobro se calcularán, al menos, en un 15% más sobre la
suma adeudada por la parte contratante, partiendo de un mínimo de 150 euros, a menos que los
gastos de cobro extrajudiciales en los que se hubiera incurrido realmente superaran este
porcentaje; en este caso, la parte contratante adeudará la totalidad de estos gastos efectivos. Tanto
los gastos judiciales como los extrajudiciales serán inmediatamente exigibles desde el momento
en el que se hubieran producido.
Artículo 8 - Derechos de autor
La persona que hubiera efectuado de hecho la traducción, conservará los derechos de autor
inmateriales que tuvieran relación con el encargo. Los derechos de autor materiales se
transmitirán a la parte contratante en el momento en el que se satisficieran todas las obligaciones
(de pago) frente a la parte contratada.

Artículo 9 - Terminación
9.1 Sin perjuicio del derecho de la parte contratante, que no actuase en el ejercicio de una
profesión o de una empresa, de rescindir anticipadamente el contrato, este se rescindirá entre las
partes exclusivamente:
- si ambas partes hubieran cumplido con todas las obligaciones del contrato;
- si se hubiera acordado entre las partes un determinado plazo, siempre que constase por escrito;
- por rescisión por una de las partes según el art. 6:265 del CC; y
- por rescisión, con efecto inmediato, por la parte contratada si la parte contratante solicitara la
suspensión de pagos o fuera declarada en quiebra, debiendo entenderse que en el supuesto de
rescisión según el art. 6:265 del CC por la parte contratante, no nacerá para la parte contratada
una obligación de anulación.
9.2 En el supuesto de una anulación anticipada del encargo por la parte contratante que no
actuase en el ejercicio de una profesión o de una empresa, la parte contratante, sin perjuicio de lo
establecido en el art. 7:411 del CC, adeudará a la parte contratada los gastos en los que incurriese
con motivo de la investigación y tiempo dedicado a la redacción de glosarios y demás.
Artículo 10 - Responsabilidad
10.1 La responsabilidad de la parte contratada, si esta incurriera en cumplimiento imputable, se
limitará, salvo lo dispuesto por demás en este articulo, al cumplimiento debido de sus
obligaciones, a menos que tal cumplimiento resultara imposible temporal o definitivamente, y a
menos que la parte contratada optase por rescindir el contrato, en cuyo caso restituirá a prorrata
los honorarios recibidos por el encargo en cuestión.
10.2 La parte contratada solo responderá frente a la parte contratante, teniendo en cuenta, por
demás, lo establecido a continuación en este artículo, por los daños directos sufridos por el
incumplimiento, o cumplimiento indebido o tardío, de las obligaciones nacidas del contrato. Se
excluye la responsabilidad de la parte contratada por los daños indirectos (entre los que se
incluyen, no exhaustivamente: el lucro cesante, los daños inmateriales y la pérdida de reputación)
nacidos de un incumplimiento imputable o de la comisión de actos ilícitos por la parte contratada,
a menos que los daños fueran consecuencia de negligencia o dolo, debiendo entenderse que la
parte contratada no será responsable de los daños que surgieran de la negligencia o dolo con la
que hubieran actuado sus asistentes.
10.3 La responsabilidad de la parte contratada en virtud del art. 10.2, excepto lo establecido en
los siguientes apartados, se limitará por acto o serie de actos con una causa común a la cantidad
adeudada (IVA excluido) por el encargo en cuya ejecución hubiera nacido el daño.
10.4 Sin perjuicio de lo establecido en el art. 10.3, la responsabilidad total acumulada de la parte
contratada no superará por encargo la cantidad total de 2.500,- EUR (dos mil quinientos euros).
10.5 Si en derecho resultara probado que la parte contratada no pudiera acogerse a las
limitaciones de la responsabilidad descritas en los apartados anteriores por ser estas contrarias al
principio de equidad, la responsabilidad de la parte contratada por el daño sufrido se limitará en
todo caso a la cantidad que el Juez estimase oportuna en justicia y que será tal que se respetará
entre las partes el principio acordado de que la responsabilidad de la parte contratada por los
daños sufridos por la parte contratante descritos en este artículo es limitada.
10.6 En la medida en que la parte contratada actuase como intermediaria o de otra forma, ya fuera
mediando pago o no, en el nacimiento de un contrato entre la parte contratante y un tercero a fin
de que dicho tercero traduzca o interprete para la parte contratante, la parte contratada no
responderá en ningún caso de los posibles daños que pudiera sufrir la parte contratante en
consecuencia. Esto también se aplicará en el caso de que la parte contratante argumentara que el
texto traducido incorrectamente es ambiguo.
10.7 El envío a la parte contratada de manuscritos, documentos, libros, títulos (valores) y
portadores de datos correrá por cuenta y riesgo de la parte contratante.
10.8 Sin perjuicio de lo que estableciera la ley al respecto, se considerará fuerza mayor, la
enfermedad o accidente sufridos por la parte contratada o por la persona o personas a las que la
parte contratada hubiera encargado la ejecución efectiva de las actividades, por lo que (ya) no
resultara razonablemente posible la ejecución de las actividades en cuestión por dicha persona o
personas.
Artículo 11- Reservado

Artículo 12- Descarga de la responsabilidad
La parte contratante asegura estar facultada para hacer traducir los documentos entregados y
descarga a la parte contratada de toda responsabilidad ante cualquier reclamación o demanda
(judicial) de terceros, sea cual fuera, salvo y en la medida que dicha reclamación o demanda
(judicial) fuera imputable a la negligencia o dolo de la parte contratada.
Artículo 13- Litigios
Todos los litigios y reclamaciones judiciales que pudieran surgir con motivo o en relación a la
ejecución de un encargo por la parte contratada, se presentarán ante el Juez neerlandés
competente.
Artículo 14 – Elección de derecho
Sobre todos los contratos entre la parte contratada y la parte contratante se aplicará el Derecho
neerlandés.

Source: http://www.vertalersforum.nl/pdf/AV's_Vertalersforum110408-Spaans.pdf

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