Microsoft word - 20110424 colombia 123 families return to the las pavas land letter.doc
Dr. Juan Manuel Santos Presidente de la República de Colombia Carrera 8 n.7-26, Palacio de Nariño Santafé de Bogotá - Colombia Fax: 00 57 1-337 5890
He recibido noticias que las 123 familias que fueron desalojadas forzosamente el 14 de julio de 2009, por miembros de la del Policía Nacional y del Escuadrón Móvil Antidisturbios, han decidido retornar al predio rural conocido como Las Pavas, ubicado en el corregimiento de Buenos Aires, jurisdicción del municipio de El Peñón, al sur del departamento de Bolívar. Esto porque consideran que es la única medida que les queda para asegurarse el acceso a los medios de subsistencia de los que fueron privados como consecuencia del desalojo.
Estas familias campesinas desplazadas, que conforman la Asociación de Campesinos de Buenos Aires (ASOCAB) entraron a ocupar en 1997 la finca Las Pavas cuyas tierras, antes ocupadas por el presunto narcotraficante Jesús Emilio Escobar Fernández, se encontraban abandonadas desde 1992. Desde entonces las familias ejercieron actos de posesión pacífica y explotación agrícola de las tierras, mediante la cual garantizaban su supervivencia. La posesión pacífica de las tierras por parte de estas familias se vió interrumpida varias veces debido a acciones intimidatorias y desplazamiento forzado causado por grupos paramilitares. En el 2006 ASOCAB inició trámites solicitando que se declarase la extinción de dominio sobre una extensión de tierra que se encontraba abandonada y sin ser explotada por parte de su propietario.
Al mismo tiempo que se adelantaban estos trámites, en el 2007 el propietario del predio vendió las tierras en cuestión al Consorcio El Labrador. En enero de 2009, estas empresas solicitaron una acción policial de desalojo en contra de las familias y a favor de la posesión por ellos detentada. El desalojo forzoso se hizo efectivo el 14 de julio del 2009.
La comunidad ha interpuesto sin éxito, recursos administrativos y judiciales solicitando que se revoquen las órdenes de desalojo, se regularice la posesión del predio que ocuparon desde 1997 y para buscar protección a sus derechos en general, incluyendo su derecho a la alimentación. La ineficacia de dichas acciones evidencia la desprotección de la que es víctima comunidad que ha confiado en los medios pacíficos e institucionales para exigir sus derechos. Esta situación coloca al estado colombiano en incumplimiento de sus obligaciones internacionales bajo la carta de derechos humanos. La continua falta de protección de parte de las autoridades estatales y las condiciones indignas de subsistencia que padecen, incluyendo una preocupante situación alimentaria, ha llevado a la comunidad a decidir retornar a Las Pavas. Es de suma importancia que el Estado colombiano asegure que dicho retorno se realice de manera pacífica, segura, garantizando la vida e integridad física, así como su derechos a alimentarse: acciones en este sentido son inminentes, considerando tanto las amenazas, la campaña de desprestigio y los actos de hostigamiento de los cuales han venido siendo víctimas líderes de la comunidad, como su grave situación alimentaria en que se encuentran. El estado Colombiano ha ratificado el Pacto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y el Pacto de Derechos Civiles y Políticos, así como los instrumentos del Sistema Interamericano de Derechos Humanos. Bajo estos instrumentos está obligado a respetar, proteger y garantizar el derecho a la alimentación y otros derechos de todos los habitantes de su territorio, incluyendo los de las familias miembros de ASOCAB. Con base en estas obligaciones internacionales le solicito que: 1. Instruya a las fuerzas del orden y seguridad, para que se abstengan del uso indiscriminado de la
fuerza contra las familias durante el proceso de retorno y para que protejan a las 123 familias de cualquier uso de la fuerza en su contra a manos de terceros o en nombre de las otras partes interesadas en dicho predio, asegurando un retorno pacífico. 2. Adopte medidas para facilitar que las familias tengan acceso a alimentación adecuada durante y después del proceso. Especialmente le solicito dar prioridad al uso que las familias puedan dar a las tierras para alimentarse y sólo considerar la asistencia alimentaria como una medida subsidiaria o complementaria durante el tiempo en que ellas no pueden recoger cosechas suficientes para el sustento de sus familias. Medidas de esta naturaleza estarían en consonancia con la observación General No. 12 del Comité DESC de la ONU. 3. Ordene Iniciar una investigación de los actos de hostigamiento contra miembros de la comunidad y adoptar medidas para el cese de los actos de hostigamiento. 4. Adopte las medidas necesarias para que se regularice la propiedad de la tierra por parte de ASOCAB. 5. Garantizar el acceso de la comunidad a mecanismos jurídicos efectivos que les permitan obtener la restitución de sus derechos y en especial la indemnización por los daños que han sufrido a causa del desplazamiento. 6. Establecer un sistema para dar seguimiento a la situación de la comunidad y evitar que se produzcan nuevos desalojos o acciones u omisiones estatales o privadas que impidan a la comunidad ejercer su derecho a alimentarse y derechos correlativos. En aras a la trasparencia, le comunico que además de las autoridades nacionales mencionadas en la lista de cc, las autoridades competentes del Sistema de Derechos Humanos de Naciones Unidas y del Sistema Interamericano de Derechos Humanos han sido puestas al tanto de la situación. Agradezco su atención a la presente y le solicito que me tenga informado sobre las medidas adoptadas, que según la información que poseo, están en línea con las políticas agrarias y de restitución que han sido uno de los lemas principales de su Gobierno.
cc: Vicepresidente de la República, Ministro de Agricultura, Responsable de Derechos Humanos de Acción Social, Defensoría de Derechos Humanos.
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